1. “Porque lo digo yo…”
El Presidente puede determinar una “afectación a la seguridad interior” en cualquier momento, en cualquier lugar y de manera indefinida. Además, no tiene que rendir cuentas a nadie, ni al Congreso, ni a la Suprema Corte de Justicia, ni a la ciudadanía.
2. Subordina las autoridades civiles a un mando militar
Una vez que el Presidente designe un comandante para atender una declaratoria de seguridad interior, éste tendrá bajo su control a todas las instancias de seguridad de la entidad, lo que alterará al sistema democrático del país. Además, la presencia y operación de las Fuerzas Armados correrá a cargo de los estados y municipios, mermando aún más sus presupuestos.
3. La Ley afecta diversos derechos humanos
Según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, esta Ley afecta seriamente garantías fundamentales, como el principio de legalidad; las libertades de expresión y de asociación; los derechos de acceso a la información pública y a la protección de datos personales; el derecho a la consulta previa de las comunidades indígenas, entre otros.
Además, durante la aplicación de la Ley, las autoridades podrán imponer multas o sanciones. Sin embargo, la misma Ley limita drásticamente la posibilidad de que los ciudadanos impugnen estas decisiones.
¿ENTONCES … A QUIÉN LE CONVIENE ESTA LEY? ¿LE CONVIENE AL PAÍS?
¿TE CONVIENE A TI?
Descarga y conoce las impugnaciones contra la Ley de Seguridad Interior de:
• La Comisión Nacional de los Derechos Humanos: http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Acciones/Acc_Inc_2018_LSI.pdf
• El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales: http://inicio.ifai.org.mx/nuevo/Demanda_accion_inconstitucionalidad_Ley_ Seguridad_Interior.pdf